El Gobierno aprueba el plan estratégico del Pirineo para los próximos seis años

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El Gobierno catalán aprobó el 7 de mayo de 2024 el llamado Plan de Acción 2024-2030 que debe regir las líneas estratégicas para transformar el Pirineo catalán. Este documento concreta las acciones que se impulsarán por materializar los ejes estratégicos y los proyectos para desarrollar el Pirineo. Es la hoja de ruta que debe guiar el desarrollo sostenible de Vall d’Aran, Pallars Sobirà y Jussà, Alta Ribagorça, Alt Urgell, Cerdanya, Ripollès, Berguedà y Solsonès. El objetivo del programa es evitar el fenómeno de la despoblación, favoreciendo el arraigo de la población de las comarcas pirenaicas, así como impulsar un modelo económico propio respetuoso con el medio natural, que aproveche el carácter singular de las comarcas de montaña.

El plan estratégico se estructura en ocho ejes temáticos y prioriza varios proyectos transformadores para cada uno, fomentando la cooperación público-privada e impulsando sectores estratégicos. Las líneas más relevantes son:

  1. Fomento de la vivienda pública de alquiler social en las comarcas de montaña y programa para favorecer el arraigo y evitar la despoblación en los municipios que están perdiendo más habitantes. La principal herramienta a utilizar es la rehabilitación de edificios públicos como viviendas dotacionales o de alquiler. También incluye líneas de ayuda para la rehabilitación de edificios destinados a primera residencia o alquiler y la creación de espacios comarcales de apoyo técnico a los planes de vivienda.
  2. Reforzar las infraestructuras necesarias para que el Pirineo funcione como un distrito de formación especializada (vivienda temporal, formación itinerante, inventario de espacios y de formación especializada).
  3. Poner en marcha el hub de innovación y tecnología de la madera de Cataluña e impulso del uso de la madera en toda nueva edificación pública.
  4. Elaborar el Plan director de movilidad del Alt Pirineu y crear una Autoridad Territorial de Movilidad del Alt Pirineu y Aran.
  5. Crear la Oficina de Innovación Agroalimentaria y establecer programas de relieve en las explotaciones, así como acceso a la tierra y soporte a la transformación de las producciones agrarias.
  6. Transformar las estaciones de esquí alpino de Ferrocarrils de la Generalitat para convertirlas en estaciones de montaña. Impulsar un plan de mejoras en las estaciones de esquí nórdico para desestacionalizarlas. Analizar la viabilidad por crear aparcamientos de enlace e implantar sistemas de transporte público descarbonizado para acceder a los espacios naturales.
  7. Consolidar el Pirineo como referente internacional del piragüismo de aguas bravas . Mejorar las instalaciones para el Campeonato del Mundo 2027, así como crear un hub deportivo pirenaico en el ámbito de la canoa eslalon, con cooperación transfronteriza.
  8. Identificar y dimensionar proyectos piloto de innovación en la transición energética en la montaña.

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El concepte de muntanya

A Catalunya, els territoris considerats de muntanya ocupen un 46% de la superfície total del país, però el seu pes demogràfic és només d’un 5%. La Generalitat va definir a la Llei 2/1983 d’Alta Muntanya el que es considera com a àrees de muntanya, comarques de muntanya i zones de muntanya.  La norma abastava la Val d’Aran, l’Alta Ribagorça, el Pallars Jussà, el Pallars Sobirà, l’Alt Urgell, la Cerdanya, el Solsonès, el Berguedà, el Ripollès i la Garrotxa.

El 2014, a instàncies de la mateixa Generalitat, un grup d’estudi revisa la llei i conclou que resta obsoleta. Aquest grup considera prioritari fomentar la implantació d’empreses i projectes econòmics viables que afavoreixin el creixement demogràfic i la fixació de residents permanents.

Les comarques de muntanya es caracteritzen per:

  • Tenir una altitud, un terreny pendent i un clima agrest que en limita l’activitat econòmica.
  • Disposar de recursos escassos; especialment d’aigua, neu, pastures, boscos i espais naturals.
  • Tenir una baixa densitat de població.

Les zones de muntanya són territoris configurats per un o més termes municipals no situats en comarques de muntanya que reuneixen alguna de les següents condicions:

  • Tenir com a mínim el 65% de la superfície en cotes superiors a 800 metres.
  • Tenir un pendent mitjà superior al 20% i tenir el 60%, com a mínim, de la superfície en cotes superiors a 700 metres.
  • Reunir altres condicions que comportin circumstàncies. excepcionals limitadores de l’activitat econòmica, i especialment de la producció agrària, que els facin equiparables a les zones de muntanya.

El concepto de montaña

En Cataluña, los territorios considerados de montaña ocupan un 46% de la superficie total del país, pero su peso demográfico es sólo de un 5%. La Generalidad definió en la Ley 2/1983 de Alta Montaña lo que se considera como áreas de montaña, comarcas de montaña y zonas de montaña. La norma abarcaba la Val d’Aran, la Alta Ribagorça, el Pallars Jussà, el Pallars Sobirà, el Alt Urgell, la Cerdanya, el Solsonès, el Berguedà, el Ripollès y la Garrotxa.

En 2014, a instancias de la propia Generalitat, un grupo de estudio revisa la ley y concluye que queda obsoleta. Este grupo considera prioritario fomentar la implantación de empresas y proyectos económicos viables que favorezcan el crecimiento demográfico y la fijación de residentes permanentes.

Las comarcas de montaña se caracterizan por:

  • Tener una altitud, un terreno pendiente y un clima agreste que limita su actividad económica.
  • Disponer de recursos escasos; especialmente de agua, nieve, pastos, bosques y espacios naturales.
  • Tener una baja densidad de población.

Las zonas de montaña son territorios configurados por uno o más términos municipales no situados en comarcas de montaña que reúnen alguna de las siguientes condiciones:

  • Tener al menos el 65% de la superficie en cotas superiores a 800 metros.
  • Tener una pendiente media superior al 20% y tener el 60%, como mínimo, de la superficie en cotas superiores a 700 metros.
  • Reunir otras condiciones que comporten circunstancias. excepcionales limitadoras de la actividad económica, y especialmente de la producción agraria, que les hagan equiparables a las zonas de montaña .